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INSOLVENCIA PERSONA NATURAL

Insolvencia para persona natural no comerciante

En el Código General del Proceso (ley 1564 de 2012) quedó regulado el Proceso de Insolvencia para Persona Natura no Comerciante, el cual entre sus artículos 531 al 576 se refiere a lo relacionado con el procedimiento de Negociación de Deudas, Convalidación del Acuerdo Privado y Liquidación Patrimonial, mediante lo cual se busca la Regulación de las Relaciones Crediticias. Esta ley confiere a las personas naturales, la posibilidad de reajustar con sus acreedores un plan de pago favorable, dado que su situación financiera presente le impide cumplir con sus obligaciones crediticias. Es un reconocimiento y una protección normativa que se le hace al deudor que ha sufrido momentos difíciles en materia económica, para poder lograr un acuerdo sobre el plan de pago con respecto a sus acreedores, y de esta manera impedir que se adelanten procesos ejecutivos en su contra que pongan su patrimonio en mayor detrimento, como embargos, por ejemplo.

LIQUIDACIÓN PRIVADA

De empresas y personas naturales comerciantes

Es un proceso voluntario que se adelanta ante Cámaras de Comercio y busca disolver y liquidar las empresas y negocios que no quieren continuar, que desean disolver su sociedad o que simplemente no son viables en el tiempo y sus socios deciden darle fin a esta unidad de negocio. Proceso abreviado y ágil con la obligación del cumplimiento de requisitos de ley donde ACI acompaña a sus clientes desde la toma de la decisión, asesoría, el trámite y finalización del proceso

LIQUIDACIÓN JUDICIAL

De empresas y personas naturales comerciantes

Proceso que se adelanta mediante la ley 1116 de 2006, los decretos transitorios 560 y 772 de 2020, donde se busca, judicialmente, ante el JUEZ CIVIL DEL CIRCUITO o preferiblemente ante la SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, terminar de manera organizada una empresa. Se busca disolver y liquidar empresas que tienen un patrimonio negativo y requieren cesar actividades y entregar sus activos como prenda general a todos sus acreedores. Este procedimiento busca que cesen las actividades de las empresas y personas naturales comerciantes cuando su participación en el mercado se hace inviable, su situación financiera es negativa de manera que se vuelva imposible de reorganizar. Busque valorar de la mejor manera los activos que tiene la empresa y entregarlos de manera organizada a sus acreedores. La liquidación es una comunidad organizada de pérdidas.

REORGANIZACIÓN

Empresarial y de la persona natural comerciante

Proceso judicial regulado por la ley 1116 de 2006 adelantado ante la SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES o ante el JUEZ CIVIL DEL CIRCUITO que busca proteger a la empresa viable que se encuentra con sus negocios en marcha y necesita reorganizar sus finanzas y situación jurídica, renegociando plazos e intereses con sus acreedores y de esta manera consiguiendo nuevas oportunidades de terminar procesos de embargos y demandas en curso.

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