Liquidación de empresas: privada y judicial

Cierra tu empresa de forma legal y ordenada. Te asesoramos en la liquidación privada voluntaria y en la liquidación judicial de la Ley 1116.

Cuando una empresa no puede o no quiere seguir operando, la ley ofrece dos caminos para cerrarla de forma ordenada. La liquidación privada es voluntaria y la deciden los socios. La liquidación judicial se tramita ante la Superintendencia de Sociedades o un juez cuando la empresa no puede pagar sus deudas.

Liquidación privada Liquidación judicial (Ley 1116)
Quién la decide Los socios o accionistas La Superintendencia de Sociedades o el juez
Cuándo aplica La empresa puede pagar sus deudas y los socios deciden cerrarla La empresa no puede pagar o fracasó la reorganización
Quién la dirige Un liquidador nombrado por los socios Un liquidador designado por la autoridad
Registro Se inscribe en la Cámara de Comercio Se tramita ante la autoridad

¿Cómo te acompañamos?

Analizamos qué vía corresponde, preparamos los documentos, acompañamos la venta o adjudicación de activos, el pago a los acreedores en el orden legal y la cancelación de la matrícula mercantil. Si la empresa todavía es viable, evaluamos antes la reorganización.

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    ACI es una firma de abogados. No presta dinero, no compra deudas ni garantiza la aprobación de un acuerdo. El resultado de cada proceso depende de la situación particular y de la decisión de los acreedores.